Se entiende por familia numerosa la que está formada por los padres y tres o más hijos, sean o no comunes. La clasificación de las familias numerosas se divide en dos categorías:
General: Las que tienen tres o cuatro hijos/as.
Especial: Las que tienen cinco o más.
Modificado de: Landwerlin, G. M. (1995). Presente y futuro de la política familiar en España. Reis, 67-90.
VENTAJAS Y BENEFICIOS
Pertenecer a una familia numerosa tiene muchas ventajas y beneficios fiscales, y es que una familia con tantos miembros también tiene más gastos. Los principales beneficios son los de carácter estatal, recogidos en el Reglamento de la Ley de Protección de las Familias Numerosas. Las principales ventajas estatales son las siguientes:
- Incremento del límite de ingresos para tener derecho a la asignación económica de la Seguridad Social Por hijo a cargo menor de 18 años.
- Bonificación del 45% de las cuotas a la Seguridad Social por la contratación de un cuidador al servicio de una familia numerosa.
- Ampliación del periodo considerado como cotizado y del de reserva del puesto de trabajo en caso de excedencia por cuidado de hijo.
- Derecho al subsidio por necesidades educativas especiales asociadas a la discapacidad para el transporte y comedor.
- Derecho de preferencia para conseguir becas, reducción del 50% o exención de tasas y precios públicos en el ámbito de la educación.
- Descuentos del 20 o 50% en RENFE en función del tipo de familia numerosa.
- Bonificaciones y descuentos en las entradas de museos, auditorios y teatros estatales.
- Descuentos del 5 o 10% en las tarifas aéreas nacionales.
- Beneficios en materia de vivienda. Acceso a ayudas financieras, subsidiación de préstamos, facilidades para el cambio de vivienda en caso de incremento del número de miembros, o alquileres.
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